
LABOR LEGISLATIVA
INFORMES ECONOMICOS
Proyectos 2008-2009 / Juegos de azar en la provincia
Creación de una Comisión Investigadora
A través de un proyecto de Resolución, el diputado Walter Martello propone crear en el ámbito de la Cámara baja bonaerense una Comisión que se encargue de investigar la constitucionalidad, legalidad y viabilidad jurídica de la legislación vigente respecto de la autorización y control de salas de bingo y explotación de máquinas tragamonedas.
En este marco, la Comisión se encargará de investigar:
• La legalidad y viabilidad jurídica de los contratos firmados entre los diferentes actores relacionados a la actividad del juego, como el Estado provincial, las instituciones de bien público, los titulares de las autorizaciones de explotación de salas de bingo y las empresas que se encargas de la explotación.
• El monto que el estado provincial recibe por el canon y el destino que le da a los mismos.
• Posibles hechos de evasión impositiva y lavado de dinero por parte de las empresas.
• Que las empresas cumplan con la obligación de tener un empleado por cada máquina tragamonedas, a la vez que conocer la situación laboral en la que se encuentra el personal de dichas empresas.
• Los efectos indeseados de esta actividad lúdica en la población bonaerense.
Importancia de la iniciativa
La actividad lúdica es algo inherente a la naturaleza humana. No obstante, el exceso de ciertas prácticas genera consecuencias negativas en la vida de las personas que las realizan y en las de su entorno. La proscripción de los juegos de azar, lejos de solucionar el problema, puede ocasionar el efecto contrario y promover la clandestinidad de estas conductas. Ante esta realidad, lo que debe hacerse es desalentarlas y restringirlas.
Desentendiéndose de esta responsabilidad, desde hace alrededor de 18 años, en la Provincia de Buenos Aires, se ha estimulado y fomentado el juego en forma alarmante.
Se considera que jamás puede existir ninguna razón que tienda a exacerbar este aspecto de la naturaleza humana, dado que ello violenta principios éticos elementales, ya que incita al ludópata, sin regular dispositivos de control sobre los impactos negativos o efectos no deseados de la actividad. El Estado debe ser responsable en el control y tratamiento de la ludopatía; el control de identidad de los apostadores; la realización de estudios de impacto económico-ambiental sobre la ubicación de las salas; la reglamentación de horarios de funcionamiento, entre otros aspectos.
Datos del Proyecto
Expediente: D- 2962/08-09-0
Tipo de Proyecto: de Resolución
Estado parlamentario: 27/11/2008
Despachos de Comisiones:
| Comisión | Fecha de entrada | Fecha Despacho | Despacho |
| PRESUP. E IMP. | 28/11/2008 | ||
| ASUNTOS CONST. Y JUSTICIA |
Tels.: La Plata 0221-4297100 int 3545 | Monte grande 011-43675995. • República Argentina • Todos los derechos reservados • Año 2008


